CANAL DE DENUNCIAS REMAR

INTRODUCCIÓN

El objetivo de esta política es establecer un sistema para la gestión de denuncias que permita identificar conductas irregulares en los entornos de las asociaciones de F.A.R (Federación de Asociaciones Remar). Además, permitirá identificar áreas de mejora en su gestión interna. Para ello, se habilitarán canales para el envío de las denuncias que podrán utilizar todos los grupos de interés: empleados y voluntarios, donantes, beneficiarios, proveedores, etc. Se considera que una denuncia implica manifestar el estado ilegal, irregular o inconveniente de cualquier acción llevada a cabo por el personal adherido a las asociaciones de F.A.R (Federación de Asociaciones Remar).

F.A.R (Federación de Asociaciones Remar) se reserva el derecho de emprender acciones legales o disciplinarias contra cualquier empleado o miembro del órgano de gobierno de las Asociación que tome una represalia contra el emisor de una denuncia de buena fe. CONFIDENCIALIDAD: la identidad de la persona que realice la comunicación tendrá la consideración de información confidencial y no podrá ser comunicada sin su consentimiento. No obstante, los datos de las personas que efectúen la comunicación podrán ser facilitados tanto a las autoridades administrativas como a las judiciales siempre que fueran requeridos como consecuencia de cualquier procedimiento derivado del objeto de la denuncia. Dicha cesión de los datos a las autoridades administrativas o judiciales se realizará siempre dando pleno cumplimiento a la legislación sobre protección de datos de carácter personal.

OBJETIVIDAD E IMPARCIALIDAD: una vez recibida una denuncia, se garantizará el derecho a la intimidad, a la defensa y a la presunción de inocencia de las personas objeto de la misma.

PRINCIPIOS

ACCESIBILIDAD: el canal de comunicación será claro y de fácil acceso, a través de un correo electrónico establecido con esta finalidad, o bien a través de un canal válido para este procedimiento, que será público a través de la página web de F.A.R (Federación de Asociaciones Remar).

TRANSPARENCIA: esta política será pública, así como el correo electrónico o canal válido establecido como medio de comunicación. Se informará a los empleados y grupos de interés de la existencia de este canal de denuncias.

BUENA FE: las denuncias podrán o no realizarse de manera anónima, según se prefiera. No obstante, para poder realizar un seguimiento adecuado, se solicitará información para contactar con el denunciante, siendo decisión del denunciante proporcionarla o realizar la denuncia de forma anónima. En el caso de que la denuncia no sea anónima, F.A.R (Federación de Asociaciones Remar) se compromete a no tomar ninguna medida disciplinaria ni acción legal contra el emisor de una denuncia de buena fe.

F.A.R (Federación de Asociaciones Remar) se compromete a la tramitación de todas las solicitudes a la mayor brevedad posible.

El órgano de gobierno nombrará a varias personas encargadas de la gestión de las denuncias. Éstas podrán delegarlas a otros miembros del órgano de gobierno en el caso de que alguna de las denuncias recibidas pueda suponer un conflicto de interés. Las personas designadas ostentarán un cargo distinto al de Presidente o Tesorero de la Asociación. En el caso de que la gestión sea externa, se establecerán claramente los procesos y las personas o instituciones involucradas. EFICIENCIA: la tramitación de todas las solicitudes se realizará a la mayor brevedad posible. No obstante, F.A.R (Federación de Asociaciones Remar) se reserva el derecho a no emitir una respuesta en los siguientes casos: a. Solicitudes de datos de carácter confidencial: en el caso de datos regulados por leyes o que afecten a acuerdos privados que exigen la protección de las personas y de las instituciones involucradas. b. Solicitudes maliciosas que vulneren claramente el criterio de buena fe por ser irrespetuosas por su contenido o su forma. Cuando haya razones o indicios de que la comunicación se haya presentado de mala fe, se desestimará su seguimiento y se informará al emisor de los motivos de la desestimación. F.A.R (Federación de Asociaciones Remar) se reserva entonces el derecho a tomar medidas disciplinarias o de otra índole.

PROCEDIMIENTO

ACCESO: F.A.R (Federación de Asociaciones Remar) habilitará un correo electrónico u cualquier otro canal válido, visible en la página web, para la recepción de denuncias. A este correo electrónico o canal válido, tendrán acceso exclusivamente las personas designadas por el órgano de gobierno para la gestión de las denuncias, que se comprometen a tratar de manera confidencial la información recibida.

GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN: se realizará un registro con las denuncias recibidas en el que figure el código asignado a la denuncia, la fecha de recepción, la información contenida y la fecha de respuesta, así como cualquier seguimiento posterior.

ANÁLISIS Y RESOLUCIÓN: Las personas designadas por el órgano de gobierno para la gestión de las denuncias reciben las notificaciones y envían aquellas solicitudes de información u otras cuestiones que no sean denuncias al departamento de administración de F.A.R (Federación de Asociaciones Remar)

En el caso de las denuncias:

– Las personas designadas por el órgano de gobierno se encargarán de llevar a cabo la investigación sobre la denuncia recibida, para lo que podrán entrevistar a cuantas personas consideren de relevancia para tomar una decisión objetiva.

– El trámite de investigación incluirá siempre una entrevista privada con la persona supuestamente responsable de la conducta denunciada.

– Una vez llevada a cabo la investigación, se realizará un breve informe sobre las conclusiones. Este informe se pondrá en conocimiento del órgano de gobierno, de la Dirección General de F.A.R (Federación de Asociaciones Remar) y de la persona que realizó la denuncia en el caso de que esta no hubiera sido anónima.

– Una vez realizado este informe, se podrán imponer las medidas disciplinarias o sanciones adecuadas. En los casos que sean constitutivos de delito, se pondrá en conocimiento de las autoridades.

– La tramitación de todas las solicitudes se realizará a la mayor brevedad posible, estableciendo un plazo máximo de 30 días para dar respuesta a las mismas. Si por alguna razón no se pudiese enviar respuesta en ese plazo, se informará al interesado de que su solicitud está en curso y se le ofrecerá un nuevo plazo.

CANALES DE DENUNCIA

REDES SOCIALES:

Denuncias

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1. DATOS DEL ESTABLECIMIENTO.

1. DATOS DEL ESTABLECIMIENTO.

Nombre del establecimiento:

Actividad:

Razón Social: REMAR ESPAÑA

NIF/CIF: G79508701

Nº Registral:

Dirección:

Correo electrónico: info@remar.org

2. DATOS DEL DENUNCIANTE (PUEDE SER ANÓNIMO EN DICHO CASO NO CUMPLIMENTAR)

Nombre
Dirección
!!!!Medio preferente de comunicaciones (marque con X la que solicite):